NAFARROA BAI pide que el Gobierno de Navarra se declare titular del dominio de Bardenas Reales, declarándolo inmueble indivisible y de carácter comunal
(26/Mayo/2008)
   
 

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Nafarroa Bai ha presentado esta mañana una enmienda a la moción presentada por IU sobre el Polígono de Tiro de las Bardenas y que será debatida mañana en la Comisión de Presidencia, Justicia e Interior para que “Parlamento de Navarra inste al Gobierno de Navarra para que se declara titular del dominio de Bardenas Reales, declarándolo asimismo inmueble indivisible y de carácter comunal de acuerdo a lo establecido en la Ley Foral 6/1990. Todo ello sin perjuicio de los derechos de uso, coge y disfrute expresamente concedidos a las 22 entidades congozantes a lo largo de la historia”.


 


La moción, presentada por Patxi Zabaleta, recuerda que las Bardenas Reales siempre han sido consideradas como uno de los montes de Navarra en manos del Estado y fue objeto de reivindicación secular desde Navarra. Asimismo. Zabaleta advierte que la disposición transitoria Cuarta número 7 de la LORAFNA previó la vía de un convenio entre Navarra y el Estado para poder sustanciar la transferencia a Navarra de los montes en manos del Estado hasta dicha LORAFNA. En la citada disposición no se cita ningún monte. Sin embargo, el monte de Aezkoa fue objeto de una transmisión individual directa mediante una Ley Estatal”.


 


Del mismo modo, la moción de NAFARROA BAI pide que el Parlamento de Navarra inste al Gobierno de Navarra para que en su declaración de titularidad del dominio de Bardenas Reales declare comprendida, además de la nuda propiedad propiamente dicha, también la titularidad de aquellos usos, goces  y disfrutes no cedidos expresamente a las 22 entidades Congozantes de la Comunidad de Congozantes de las Bardenas Reales, a lo largo de la historia.


 


Por último, la enmiendas presentada por Zabaleta propone que el Gobierno realice las actuaciones precisas para inscribir a nombre de la Comunidad Foral de Navarra, como inmueble de todos los navarros en el Registro de la Propiedad, su título de dominio de las Bardenas Reales, sin perjuicio de los derechos de uso, goce y disfrute expresamente concedidos a las entidades congonzantes.